SISTEMA DE LA CALIDAD DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE BAJA CALIFORNIA

SICASATBC



REGLAS DE CARÁCTER GENERAL
De conformidad con el artículo 4 de la Ley que Regula los Servicios de Control Vehicular en el Estado de Baja California, corresponde originariamente a la Secretaría el expedir normas generales de carácter técnico y administrativo en materia de control vehicular.